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Finiquitos de Sorteos

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REQUISITOS PARA SOLICITAR EL FINIQUITO DE LOS PERMISOS DE SORTEOS

1.- El permisionario podrá hacer la entrega del premio, a quien pueda acreditar ese derecho en un plazo improrrogable de 20 días hábiles posteriores a la realización del sorteo.

2.- Dentro de los 30 días hábiles siguientes al término del plazo para la entrega de los premios, o del término de la vigencia del permiso, el permisionario deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones ante la Secretaría en los términos determinados en el permiso correspondiente.

3.- Página(s) original(es) de los periódicos donde aparezca la publicación de resultados de ganadores en las fechas autorizadas en el permiso.

4.- Recibos originales de conformidad, debidamente firmados por el ganador y que describan correctamente el premio entregado.

Nota: La entrega de premios con valor menor a 1500 salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México, será bajo la estricta responsabilidad del Permisionario.

5.- Talón-boleto original o comprobante de participación y copia de identificación de cada ganador.

Nota: En premios menores a $1000.00 será válida la comprobación presentando únicamente el talón boleto o comprobante de participación.

6.- En el caso de premios en especie no reclamados, el permisionario deberá solicitar por escrito una orden de ingreso de los mismos, señalando el número de permiso, la denominación del sorteo describiendo las características del premio, marca, modelo y cantidad; adjuntando copia de la factura correspondiente. Cuando los premios no sean en especie, deberá ingresar el comprobante original del pago equivalente a su valor efectuado ante la Tesorería de la Federación, mediante formato e5cinco.

7.- En caso de sorteos instantáneos acreditar la entrega de los premios dentro de los 50 días hábiles, posteriores al término de la vigencia del permiso.

8.- El permisionario deberá solicitar por escrito y realizar el pago de una inspección adicional para verificación y conteo, cuando menos con 10 días hábiles antes de la fecha del evento, así como realizar el pago correspondiente al número de inspectores que se requieran para tal efecto, siempre y cuando el volumen de los comprobantes sea mayor a mil unidades para los premios menores de $1,000.00.

9.- En caso de existir premios no reclamados derivados de la verificación y conteo, el permisionario deberá dentro de los 50 días hábiles, posteriores al término de la vigencia del permiso ingresar el comprobante original del pago de su valor mediante formato e5cinco.

10.- En ausencia de inspector el permisionario presentará:

- Sorteo acta original ante Notario Público adjuntando listado de ganadores.

- Entrega de premio(s) mayor(es) a 1500 salarios mínimos acta original ante Notario Público y documentación comprobatoria.


 

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Viernes 19 de abril de 2024
 
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